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Subvenciones de Optimización y Automatización

Ayudas destinadas a financiar actuaciones basadas en la implantación de herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial de la junta de Extremadura


Es una línea de subvenciones para financiar proyectos de implantación de IA (herramientas o aplicaciones) que supongan transformación digital real y mejoren eficacia y productividad de pymes y autónomos con centro productivo en Extremadura.  

 

Quién puede solicitarla

  • Pymes y autónomos con centro productivo en Extremadura, independientemente de la forma jurídica.
  • También agrupaciones, comunidades de bienes, patrimonios separados y UTEs (con condiciones de constitución y permanencia).


Qué proyectos/actuaciones subvenciona

El decreto define como subvencionables las implantaciones basadas en uno o varios “ámbitos tecnológicos”. En la práctica, entra gran parte de lo que se entiende por IA aplicada al negocio, por ejemplo:

  • Chatbots y asistentes virtuales (texto/voz) para atención al cliente, RRHH, soporte, automatización de tareas.
  • Análisis predictivo (demanda, ventas, inventario, segmentación, riesgos, etc.).
  • Sistemas de recomendación (e-commerce, suscripción, marketing).
  • RPA / automatización robótica de procesos (facturas, datos, BBDD, nóminas, inventario, facturación…).
  • IA para marketing y publicidad (campañas, optimización, redes sociales).
  • Análisis de imágenes y reconocimiento de patrones.
  • NLP / procesamiento del lenguaje natural (generación de contenido, emails, análisis de clientes…).
  • Ciberseguridad basada en IA (detección y prevención de amenazas/fraude).
  • RRHH con IA (planificación, retención, desempeño, satisfacción).
  • Asistentes de decisiones y planificación (estrategia, operaciones, supply chain…).
  • IA generativa.
  • Otras soluciones IA que aporten mejoras (reducción costes, aumento ventas, etc.).


Cuánto subvencionada 

Intensidad y máximo por beneficiario

  • 85% de la inversión subvencionable.
  • Máximo 100.000 € por solicitante (aunque presente varias actuaciones, el tope es global por entidad).
  • El propio anexo aclara el cálculo: el máximo de 100.000 € se alcanza con una inversión subvencionable aproximada de 117.647,06 € (porque 85% = 100.000 €).

Presupuesto de la convocatoria

  • Dotación total de la convocatoria: 2.000.000 €.


Qué gastos cubre y qué NO cubre 

Gastos subvencionables (resumen práctico)

A) Consultoría/implantación/asistencia técnica + formación asociada

  • Incluye consultoría necesaria para desarrollar e implantar la solución y formación asociada al uso.
  • Límites:
    • Consultoría del fabricante/propietario de la herramienta principal: máx. 5.000 € de subvención.
    • Consultoría de terceras empresas (proveedores distintos del fabricante): máx. 15.000 € de subvención.
    • En cualquier caso, la consultoría no puede superar el 25% de la subvención concedida para el software/implantación.

B) Software y puesta en marcha

  • Desarrollo/adquisición/adaptación/implantación de software.
  • Incluye suscripciones, licencias, tokens de IA y también servicios cloud necesarios.
  • Máximo por este bloque: 80.000 € de subvención.

C) Costes indirectos

  • Se contemplan como importe fijo calculado sobre los costes directos (en el decreto aparece 3% sobre costes directos subvencionables).

Gastos NO subvencionables

No entran, entre otros:

  • Hardware (ni equipos, ni “informática general”).
  • Ordenadores de propósito general, impresoras, monitores, memorias USB, etc.
  • Terminales telefónicos (incluidos móviles).
  • Servicios de telecomunicaciones (líneas, etc.).
  • Obras o reformas para instalar elementos.
  • Gastos financieros, tasas/licencias administrativas.
  • IVA (no subvencionable).

Fechas de gasto (detalle clave)

  • Sólo se permiten gastos previos a la publicación de la convocatoria en el DOE si son gastos de consultoría.


Plazos oficiales y cómo se concede 

Plazo de solicitud

  • Ventana de solicitud: del 11/02/2026 al 11/05/2026 (apertura a las 10:00).
  • Se tramita por concesión directa mediante convocatoria abierta y, en la práctica, se concede por orden de entrada hasta agotar presupuesto. Esto hace que presentar pronto sea importante.

Presentación

  • Obligatoriamente electrónica desde la ficha del trámite. Ir a la sede

Ejecución del proyecto

  • La ejecución puede iniciarse desde el día siguiente a la publicación en DOE.
  • Plazo máximo de ejecución: hasta 180 días desde el día siguiente a la notificación de concesión.
  • Se puede solicitar ampliación (con al menos 1 mes de antelación al fin de plazo).


Plazos oficiales y cómo se concede 


El pago se hace en 2 hitos:

  • 60% tras la resolución de concesión (anticipo).
  • 40% tras justificar toda la inversión subvencionable.
  • Sin garantías para los importes anticipados.


Aspectos a tener en cuenta


  • El Centro productivo tiene que estar en Extremadura.
  • Criterio de minimis: no superar el límite acumulado en 3 años.
  • Los pagos siempre por banco (no metálico).
  • La ejecución debe realizarla un proveedor externo.
  • No se admite más de una solicitud por beneficiario.
  • Justificación: hay que entregar memoria técnica, facturas y justificantes dentro de plazo.
  • Mantenimiento: obligación de mantener en Extremadura y mantener operativa la actuación al menos 3 años desde la notificación de concesión.
  • Incompatibilidad con otras ayudas para la misma finalidad.


Accede a las bases de la convocatoria en el siguiente enlace: Ver bases


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