Ir al contenido

Subvenciones de Optimización y Automatización

Ayudas destinadas a financiar actuaciones basadas en la implantación de herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial de la junta de Extremadura


Es una línea de subvenciones para financiar proyectos de implantación de IA (herramientas o aplicaciones) que supongan transformación digital real y mejoren eficacia y productividad de pymes y autónomos con centro productivo en Extremadura.  

 

Quién puede solicitarla

  • Pymes y autónomos con centro productivo en Extremadura, independientemente de la forma jurídica.
  • También agrupaciones, comunidades de bienes, patrimonios separados y UTEs (con condiciones de constitución y permanencia).


Qué proyectos/actuaciones subvenciona

El decreto define como subvencionables las implantaciones basadas en uno o varios “ámbitos tecnológicos”. En la práctica, entra gran parte de lo que se entiende por IA aplicada al negocio, por ejemplo:

  • Chatbots y asistentes virtuales (texto/voz) para atención al cliente, RRHH, soporte, automatización de tareas.
  • Análisis predictivo (demanda, ventas, inventario, segmentación, riesgos, etc.).
  • Sistemas de recomendación (e-commerce, suscripción, marketing).
  • RPA / automatización robótica de procesos (facturas, datos, BBDD, nóminas, inventario, facturación…).
  • IA para marketing y publicidad (campañas, optimización, redes sociales).
  • Análisis de imágenes y reconocimiento de patrones.
  • NLP / procesamiento del lenguaje natural (generación de contenido, emails, análisis de clientes…).
  • Ciberseguridad basada en IA (detección y prevención de amenazas/fraude).
  • RRHH con IA (planificación, retención, desempeño, satisfacción).
  • Asistentes de decisiones y planificación (estrategia, operaciones, supply chain…).
  • IA generativa.
  • Otras soluciones IA que aporten mejoras (reducción costes, aumento ventas, etc.).


Cuánto subvencionada 

Intensidad y máximo por beneficiario

  • 85% de la inversión subvencionable.
  • Máximo 100.000 € por solicitante (aunque presente varias actuaciones, el tope es global por entidad).
  • El propio anexo aclara el cálculo: el máximo de 100.000 € se alcanza con una inversión subvencionable aproximada de 117.647,06 € (porque 85% = 100.000 €).

Presupuesto de la convocatoria

  • Dotación total de la convocatoria: 2.000.000 €.


Qué gastos cubre y qué NO cubre 

Gastos subvencionables (resumen práctico)

A) Consultoría/implantación/asistencia técnica + formación asociada

  • Incluye consultoría necesaria para desarrollar e implantar la solución y formación asociada al uso.
  • Límites:
    • Consultoría del fabricante/propietario de la herramienta principal: máx. 5.000 € de subvención.
    • Consultoría de terceras empresas (proveedores distintos del fabricante): máx. 15.000 € de subvención.
    • En cualquier caso, la consultoría no puede superar el 25% de la subvención concedida para el software/implantación.

B) Software y puesta en marcha

  • Desarrollo/adquisición/adaptación/implantación de software.
  • Incluye suscripciones, licencias, tokens de IA y también servicios cloud necesarios.
  • Máximo por este bloque: 80.000 € de subvención.

C) Costes indirectos

  • Se contemplan como importe fijo calculado sobre los costes directos (en el decreto aparece 3% sobre costes directos subvencionables).

Gastos NO subvencionables

No entran, entre otros:

  • Hardware (ni equipos, ni “informática general”).
  • Ordenadores de propósito general, impresoras, monitores, memorias USB, etc.
  • Terminales telefónicos (incluidos móviles).
  • Servicios de telecomunicaciones (líneas, etc.).
  • Obras o reformas para instalar elementos.
  • Gastos financieros, tasas/licencias administrativas.
  • IVA (no subvencionable).

Fechas de gasto (detalle clave)

  • Sólo se permiten gastos previos a la publicación de la convocatoria en el DOE si son gastos de consultoría.


Plazos oficiales y cómo se concede 

Plazo de solicitud

  • Ventana de solicitud: del 17/03/2026 hasta 17/06/2026  (apertura a las 10:00).
  • Se tramita por concesión directa mediante convocatoria abierta y, en la práctica, se concede por orden de entrada hasta agotar presupuesto. Esto hace que presentar pronto sea importante.

Presentación

  • Obligatoriamente electrónica desde la ficha del trámite. Ir a la sede

Ejecución del proyecto

  • La ejecución puede iniciarse desde el día siguiente a la publicación en DOE.
  • Plazo máximo de ejecución: hasta 180 días desde el día siguiente a la notificación de concesión.
  • Se puede solicitar ampliación (con al menos 1 mes de antelación al fin de plazo).


Plazos oficiales y cómo se concede 


El pago se hace en 2 hitos:

  • 60% tras la resolución de concesión (anticipo).
  • 40% tras justificar toda la inversión subvencionable.
  • Sin garantías para los importes anticipados.


Aspectos a tener en cuenta


  • El Centro productivo tiene que estar en Extremadura.
  • Criterio de minimis: no superar el límite acumulado en 3 años.
  • Los pagos siempre por banco (no metálico).
  • La ejecución debe realizarla un proveedor externo.
  • No se admite más de una solicitud por beneficiario.
  • Justificación: hay que entregar memoria técnica, facturas y justificantes dentro de plazo.
  • Mantenimiento: obligación de mantener en Extremadura y mantener operativa la actuación al menos 3 años desde la notificación de concesión.
  • Incompatibilidad con otras ayudas para la misma finalidad.


Accede a las bases de la convocatoria en el siguiente enlace: Ver bases


Quiero información


Programa Pyme Digital 2026 de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Ciudad Real


Es una convocatoria de ayudas públicas dirigida a las pymes de la provincia de Ciudad Real para impulsar su transformación digital. El objetivo principal es que las empresas puedan avanzar en su digitalización estratégica y operativa, mejorando su competitividad en el mercado, mediante diagnósticos digitales y ayudas económicas para implantar soluciones tecnológicas.

 

Quién puede solicitarla

Para poder participar y recibir las ayudas, la empresa debe:

  •  Ser una PYME (según la definición europea).
  •  NO pueden participar:
    • Comunidades de bienes, sociedades civiles.
    • Asociaciones, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro.
    • Autónomos societarios o colaboradores.
    • Empresas proveedoras de soluciones digitales que presten servicios a terceros.
    • Empresas de producción primaria de productos agrícolas o de pesca.
  • Tener domicilio social o centro productivo en los municipios de la demarcación de la Cámara de Ciudad Real.
  • Estar dada de alta antes del 1 de enero de 2024 en la actividad objeto de subvención.
  • Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
 

¿Cómo funciona el programa?

El proyecto se divide en dos fases principales:

Diagnóstico Digital (Fase I)

  • Se realiza un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa.
  • Esto permite identificar necesidades tecnológicas reales.
  • El resultado del diagnóstico da lugar a un Plan Personalizado de Implantación con recomendaciones concretas.

Implantación y ayudas económicas (Fase II)

  • Tras el diagnóstico, las pymes podrán recibir ayudas económicas para implementar las soluciones tecnológicas recomendadas en su plan.

Características principales:

  • La empresa elige libremente los proveedores con los que quiere ejecutar su plan.
  • Solo se subvencionan gastos facturados por terceros.
  • No se subvencionará ningún proyecto que coincida directamente con la actividad principal de la empresa si es realizado internamente.

¿Qué tipo de soluciones se pueden financiar?

El programa contempla una gran variedad de tecnologías y herramientas que pueden ser subvencionadas, entre ellas:

  • Gestión empresarial: ERP, CRM, gestión de cobros y pagos, contabilidad.ERP, CRM, gestión de cobros y pagos, contabilidad.
  • Gestión avanzada: IoT, logística, trazabilidad, automatización RPA.
  • Comunicación y colaboración: Herramientas de gestión de proyectos, comunicación interna.
  • Presencia digital y marketing: Páginas web, SEO, SEM, redes sociales, email marketing.
  • Comercio electrónico: Tienda online, marketplaces, soluciones avanzadas de e-commerce.

Además de soluciones sectoriales como gestión hotelera, TPV para hostelería y comercio, fidelización, marketing en punto de venta, etc.

Importes

Presupuesto máximo elegible por empresa para la fase de implantación:

  • 7.000 € de coste directo (IVA no incluido).
  • Costes indirectos asociados: hasta 7% de los costes directos.
  • Total máximo elegible: ~ 7.490 €.

Ayuda máxima por empresa:

85% del coste elegible, lo que supone hasta 6.366,50 € aproximadamente.

La empresa beneficiaria debe pre-financiar el proyecto, y luego justificar los gastos para recibir la ayuda.

Plazos y presentación

  • El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el 03 de marzo hasta el 30 de octubre de 2026.
  • La presentación se realiza exclusivamente por sede electró​nica de la Cámara.
  • Solo se admite una solicitud por empresa.
  • Las ayudas se conceden por orden de entrada, hasta agotar presupuesto.

¿Dónde puedo ver la convocatoria completa?

La Convocatoria completa y todos los anexos (incluyendo descripciones detalladas, requisitos y modelos para rellenar) están disponibles para descarga en la sede de la Cámara de Comercio de Ciudad Real. : Ver bases


Quiero información

Reduce hasta en un 50% los procesos operativos de tu negocio

La digitalización es la oportunidad de un negocios mas eficiente y rentable.